Joven estudiante arriesga 5 años de cárcel por denunciar agresión sexual de ex funcionario del Ministerio Público

Francisca Andrea Díaz Williams denunció una agresión sexual por parte de Willy Axel Gustav Fahrenkrog Podlech el 13 de febrero de 2016. Ante el Ministerio Público fue víctima hasta mayo del mismo año, luego que se decretara sobreseimiento definitivo del imputado por petición de la propia Fiscalía. Hoy, la estudiante de Derecho de la Universidad Austral de Chile arriesga una condena de entre 4 y 5 años de cárcel, 20 UTM de multa -sin beneficios-. Además, de perder su título como abogada. Yanira Zúñiga, profesora de la Universidad Austral de Chile y Abogada experta en Género y Derechos Humanos admite que “estamos frente a una situación que podría ser una mordaza hacia las mujeres que se atrevan a denunciar casos de violación o agresión sexual”.


Casi tres años y cerca de seis declaraciones ha tenido que enfrentar la joven de 24 años Francisca Díaz Williams. La denuncia por agresión sexual interpuesta ante carabineros, la noche del 13 de febrero de 2016 en Puerto Montt, la ha tenido cruzando un periodo de angustia e incertidumbre. En un principio, ella calificaba como víctima de los hechos hasta que por un giro inesperado se enteró que en su contra existía una querella por denuncia calumniosa, por parte del mismo ex funcionario del Ministerio Público, Willy Axel Gustav Fahrenkrog Podlech, integrante del ente encargado de llevar adelante la investigación. Ahora resulta ser que la nueva víctima de esta historia es él, el pariente en sexto grado (primo segundo) del actual Fiscal Regional de Los Lagos, Marcos Emilfork.

LOS HECHOS

El 12 de febrero de 2016, Francisca Díaz Williams, estudiante de Derecho de la Universidad Austral de Chile se reunió con Willy Fahrenkrog Podlech. En aquel entonces el joven de 26 años era Fiscal Subrogante de Hualaihué, localidad ubicada en Hornopirén, Región de los Lagos, correspondiente a la jurisdicción del Fiscal Regional Marcos Emilfork, y donde Willy, anteriormente, se había desempeñado como Abogado Suplente.

Francisca y Willy se conocieron a través de la red social Tinder. Desde el momento en que coinciden, comienzan a entablar una amistad virtual por Whatsapp. Pasado un tiempo, Willy le comenta a Francisca que iba a viajar a Puerto Montt. Unos ex compañeros de trabajo estaban organizando un asado, por lo que aprovecharía el viaje para que se conocieran y de pasada compartir con los colegas. Su plan era el siguiente:

Francisca le ofrece al joven que mejor lo dejen para otro día, pero él vuelve a insistir explicando que el asado era un compromiso y que no podía faltar porque “lo organiza mi ex jefa, así que tengo que ir, pero es sólo un trámite, a las 10 estoy desocupado solo para ti“. Tras no recibir respuesta el joven Fiscal le reconoce lo siguiente:

Pese a que Francisca, por lo que se puede leer del respaldo de dicha conversación, no estaba muy convencida del encuentro y finalmente termina aceptando.

Fue así que el 12 de febrero de 2016, a las 13:36 de la tarde, Willy le manda un mensaje a Francisca comunicando que ya iba en camino a Puerto Montt, pero que había una fila enorme esperando el ferry para cruzar y que había mucho oleaje. Finalmente a las 16:37 horas le vuelve a escribir a la joven para decirle que ya había llegado. Como Francisca andaba en auto quedaron de juntarse en la Catedral de la ciudad.

Una vez arriba del auto el joven Fiscal acompaña a Francisca en unos trámites y luego quedan de acuerdo en ir a un local para conversar y luego ir a bailar.

Sin embargo, algo que se resalta del relato de Francisca en conjunto con el respaldo de los mensajes de Whatsapp es la insistencia de Willy por beber alcohol.

Francisca accedió y en compañía del joven van a dejar el auto a la casa de la estudiante de Derecho.

Una vez que ambos llegan a la casa de Francisca, los padres de ella conocen a Willy, intercambian un par de palabras y luego la pareja de amigos se va en dirección al centro.

Cerca de las 20 horas “mi papá nos dejó en la esquina en diagonal al local Live, nos despedimos de él, nos bajamos, se fue. Willy me dijo que tomáramos algo primero porque era muy temprano para ir a bailar. Le dije que podía ser ahí mismo, y me respondió que no había mesas, solo pista de baile con música fuerte y no podríamos conversar. Así que decidimos ir a un local llamado Baco Bar ubicado en esa misma calle. Me ofreció pedir lo que yo quisiera, él invitaba. Pedí un trago llamado mojito cubano y él pidió lo mismo. Estuvimos conversando sobre el trabajo, la universidad, sobre lo que me gustaría hacer”.

Los jóvenes que se venían recién conociendo, mantuvieron un trato amistoso durante la noche. Al terminar cada uno el segundo mojito,“la mesera se acerca, retira los vasos y Willy pide dos más. Yo le dije que mejor pasaba por esa vez y me dijo que aún era muy temprano para ir a bailar que estaba buena la conversación, así que acepté quedarnos un rato más”.  

Todo era risas, ambos lo estaban pasando bien. En un momento, y dado los efectos del alcohol y la cercanía de ese primer encuentro, Willy toma la mano de Francisca. “Me dijo que estaba contento, que yo merecía estar con un hombre bueno porque era muy esforzada, simpática y bonita. A mí me dio risa y un poco de vergüenza. Le respondí que no se pasara rollos, que entre nosotros no iba a pasar nada”.

Esa fue la primera advertencia que Francisca le hace a Willy. A esa altura cada uno ya había consumido casi tres mojitos. Antes de retirarse del local, la joven se levanta de su silla y se dirige al baño. “Me sentía muy mal, quería vomitar”.

Cuando ella regresa a la mesa le pregunta al joven si iban a ir al “Live” a lo que él  respondió que “sí, pero primero (él) tenía que buscar un lugar donde quedarse porque no quería ir a bailar con la tremenda mochila que andaba trayendo. Le dije que sí. Lo acompañé”, comenta Francisca.

Mientras ambos iban caminando en búsqueda de un hostal, Willy tomó de la cintura a la estudiante de Derecho y la besó. “Yo me reí y le dije que ya le había dicho antes que no se pasara rollos, que no iba a pasar nada. A lo más, podíamos andar de la mano. Él aceptó”. Finalmente ambos llegaron a un hostal llamado El Candil. “Él tocó la puerta y habló con la recepcionista. En el lugar, solo había habitaciones familiares disponibles, ninguna individual”. Por lo que siguieron buscando otras opciones para que Willy pudiera dejar sus cosas.

Después de un par de vueltas él decide regresar al hostal ya mencionado. “Habló con la señora, luego me dijo que lo acompañara a ver cómo era el lugar. La pieza estaba en un segundo piso. Cuando llegamos arriba nos reímos por mi mala condición física, entramos en la pieza y había dos camas, una de dos plazas y otra de una. Él dejó sus cosas en la cama grande y se sentó ahí”.

Willy, quien ese día se encontraba de turno en la Fiscalía de Hualaihué, viajó cuatro horas hasta Puerto Montt para reunirse con la joven. Ya habían ido a tomar y estaban solos en una pieza. Francisca relata que se sentía mareada por el efecto de los mojitos y que todo daba vueltas en su cabeza. Es ahí que el ex funcionario público comenzó a besarla e insistir en tener relaciones sexuales, a lo que ella se negó en reiteradas ocasiones. “Yo le había dicho ese día que no iba a pasar nada, que nos veníamos recién conociendo”. Sin embargo, Willy no hizo caso de la negativa de la joven e insistió. “No tuvimos sexo, porque yo no quería. Andaba con la regla en mi segundo día, es decir, con flujo menstrual abundante”.

Él le pregunta por qué no quería hacerlo con él, si podían pasarlo bien juntos. “Mientras me decía eso me bajó el pantalón y la ropa interior, ahí fue cuando me asusté y calmadamente intenté explicarle que no. Mi corazón empezó a latir muy fuerte”.  Pese a la negativa de la joven víctima, el ex funcionario público de Fiscalía igual la agredió sexualmente atendido su estado de indefensión y vulnerabilidad, según señala Francisca en la declaración prestada ante la Policía de Investigaciones.

La joven -desconcertada ante lo ocurrido y desorientada- sale caminando sola de la residencial. Pasadas un par de horas desde la agresión, decide realizar una denuncia ante la Segunda Comisaría de Puerto Montt a las 01:30 de la mañana del 13 de febrero del 2016. Más tarde fue ingresada al Hospital Base de Puerto Montt para constatar lesiones a las 3:34 am y recién a las 4:45 am se tomó la muestra de sangre para la alcoholemia. “Me tuvieron muchísimo rato esperando para realizar el examen, mientras tanto yo aún vomitaba los mojitos, mandaron a mi mamá a comprar comida y me dieron agua. Todo esto antes de que se me realizara la toma de sangre”. Mientras tanto, Willy fue puesto a disposición de la Fiscalía para el respectivo control de detención por parte del Juzgado de Garantía. Lo curioso es que al ex funcionario público no se le realizó la alcoholemia y sólo firmó un acta de salud, que por lo demás no indica la hora de la realización, hecho que se puede comprobar en el archivo de la causa. Las preguntas que tuvo que responder fueron: “¿Está enfermo”, “¿Cuál es su enfermedad?”, “¿Toma medicamentos?”, “¿Está en tratamiento médico?”.

Francisca, resalta que durante esa noche en su declaración dejó de manifiesto que sufrió una “agresión sexual”, hechos que fueron relatados a la policía. En cuanto a la labor del Fiscal, es él quien debe realizar la calificación jurídica de esos hechos, independiente de lo que pueda decir otra persona.

SUMARIO

Casi tres meses después, el 27 de mayo de 2016 el Juzgado de Garantía de Puerto Montt en voz del Magistrado Miguel Ángel García Herrera decretó el sobreseimiento definitivo de la acusación contra el ex funcionario público Willy Fahrenkrog. Para sorpresa de Francisca, en dicha oportunidad y de acuerdo al acta de esa audiencia, en tiempo récord -cinco minutos- se determinó “que la denuncia reunía los caracteres de calumniosa”. “A mí nunca se me notificó de la realización de esa audiencia. Nunca supe que se haría, por lo tanto no fui, y sólo se escuchó a la contraparte para tomar una decisión”.

Aquí es cuando la historia toma otro rumbo. Desde febrero hasta mayo de dicho año, Francisca era la víctima y denunciante del caso, pero el abogado de Willy -y quién además es Defensor Público de Puerto Montt- Andrés Firmani Garrido, para querellarse necesitaba una sentencia ejecutoriada que declarara la denuncia como calumniosa, es decir que todo el relato de la hasta ese entonces víctima era mentira.  Por otra parte, en ese tiempo Willy, quien se desempeñaba como Fiscal Subrogante de Hualaihué, fue desvinculado de la institución. El motivo real de aquella acción, fue que su contrato a plazo no fue renovado, pero aún así su defensa sostuvo que toda esta situación, de la denuncia, habría provocado su “despido”. Además, de tenerlo bajo tratamiento psiquiátrico.

El informe médico que fue presentado en la querella contra Francisca fue realizado en la consulta privada de la psiquiatra Mónica Almonacid Barría, en Puerto Montt, a quien visitó por primera vez el 1 de junio de ese año. Obtuvo dicho informe el 6 de junio y lo adjuntó en la querella presentada el 16 de junio.

El 13 de junio a petición del Fiscal Regional, Marcos Emilfork, se le solicita a Nider Orrego, Fiscal Adjunto de Puerto Montt, realizar un sumario administrativo a Willy Fahrenkrog con el fin de verificar las causas de la detención del, hasta ese entonces, Fiscal subrogante de Hualaihué. En dicho sumario dice que el joven de 27 años fue detenido por la Segunda Comisaría de Puerto Montt; imputándosele un delito de violación -en la declaración de Francisca dice que fue una agresión sexual-. Además de mencionar que en dicha oportunidad se fijó una audiencia de formalización con fecha del 16 de febrero. Encuentro que duró sesenta segundos y donde por petición de Fiscalía se resolvió no formalizar al acusado.

El día que Willy se reunió con Francisca estaba a 139 kilómetros de Hualaihué. Para desplazarse desde dicha comuna hasta Puerto Montt debió tomar un transbordador para luego manejar por la Carretera Austral. En total son cerca de cuatro horas de viaje. Sin embargo, en el sumario de la Fiscalía dice que “no existe norma reglamentaria que obligue al funcionario a permanecer en el lugar del asiento de la Fiscalía durante una jornada de turno, toda vez que, en el artículo 39 del Reglamento de Personal para los Fiscales del Ministerio Público, exige una obligación de residencia a una distancia no superior a 35 kilómetros del asiento de la Fiscalía en la cual ejerce sus funciones”. Por lo que, de haber tenido que concurrir a ejercer su deber “se hubiese coordinado la concurrencia conjunta con las Unidades especializadas de la policía civil y uniformada desde Puerto Montt, ya que en la ciudad de Hualaihué sólo existe una unidad de Carabineros que resguarda el sitio del suceso”. En el fondo, se da a entender que el Ministerio Público dispone de fondos previstos para trasladar, en este caso, a un funcionario que se encontraba de turno, en una actividad de ocio y consumiendo alcohol, algo que se ratifica en la misma declaración de Willy y de todos los testigos.

En cuanto al examen de alcoholemia que no fue practicado al ex funcionario público, existe una inconsistencia en el sumario. Un juego de palabras que confunde, ya que en primera instancia dice que “no existen antecedentes que permitan establecer que efectivamente Willy Fahrenkrog Podlech, se encontraba en tal estado”. Pero, y tal como dice en las declaraciones prestadas por el investigado en este sumario “en su análisis de sangre practicado en la causa penal, aparece que presentaba 0,00 gramos por mil de alcohol en la sangre, según informe de alcoholemia Nº1413-2016”. Por lo anterior, el Fiscal Nider Orrego afirma que no existiendo certeza de encontrarse el abogado investigado bajo los efectos del alcohol que le inhabilitaran para cumplir sus funciones, “no se ha incurrido en incumplimiento de alguna norma administrativa”. Lo curioso, es que el Fiscal Orrego olvidó mencionar que la alcoholemia a la que él hace referencia no le fue practicada a Willy, sino más bien pertenece a Francisca. Aún así, su nombre no se menciona en ninguna parte de dicho párrafo.

Otro dato no menor es que en la Fiscalía de Hualaihué existe una norma que prohíbe a los fiscales que están de turno salir del lugar. Esto, porque en el camino a Puerto Montt, por la Carretera Austral, existen tramos donde no hay señal de teléfono ni de internet, dato de suma importancia, pues en caso de emergencia, ante la ocurrencia de un delito flagrante el Fiscal de turno no podría impartir las instrucciones correspondientes y necesarias a la policía, y en este caso, mucho menos bajo la influencia del alcohol. Además, el horario de término de funciones los viernes en Fiscalía es hasta las 17 horas. Sin embargo, Willy el 12 de febrero de 2016 estaba viajando pasada las 13 horas, algo que en el sumario del ex funcionario del Ministerio Público no se menciona, ni se acompaña la respectiva solicitud de autorización de salida.  

Finalmente, el sumario sobreseyó administrativamente a Willy, documento que fue firmado por el mismo Fiscal Regional de Los Lagos, Marcos Emilfork; quien, como ya se mencionó, es pariente de Willy por afinidad.

Si se analiza el Reglamento de Personal para los Fiscales del Ministerio Público, al que hace alusión Nider Orrego para decir que “no se ha incurrido en incumplimiento de ninguna norma administrativa”, basado en el relato de Francisca y el del propio Willy, se deja de manifiesto que el ex Funcionario Público infringió al menos doce normas de dicho documento, tales como el Art. 37 en sus números 1, 7, 8, 9, 10, 12, 13, 15, Art. 40 letra f, Arts. 45, 73 y 74.

Fue así que el 16 de junio de 2016 se presentó la querella por denuncia calumniosa basada en la sentencia del 27 de mayo del mismo año, donde Francisca no fue notificada.

Meses después, el 23 de enero de 2017 se declara la nulidad de la audiencia de sobreseimiento definitivo. Así la Fiscalía, en un acto arrebatado, cierra la investigación el mismo día que la Corte emitió el fallo que retrotraía la causa al estado anterior a la celebración de esa audiencia. Esto con el fin de evitar que la ex víctima presentara una querella en contra de Willy, ya que ahora sí contaba con un abogado que la representara. Misión que tampoco fue fácil, ya que previo a entregar el patrocinio a Gonzalo Castro García, tuvo que pasar por el rechazo de una serie de profesionales “por el temor que representaba enfrentarse a la Fiscalía”, comenta la estudiante de Derecho.

LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL

Cuando Francisca se entera del parentesco entre el Fiscal Regional de Los Lagos, Marcos Emilfork y Willy Fahrenkrog, su abogado Gonzalo Castro solicitó a Fiscalía Nacional que la causa fuera llevada por otra Fiscalía Regional. Aquel vínculo familiar no aclarado, en ese momento, fue confirmado por la propia Fiscal Nacional. Sin embargo, Emilfork ordenó que la causa pasara de la Fiscalía Local de Puerto Montt a la de Puerto Varas, ambas correspondientes a la misma Fiscalía Regional de Los Lagos.

Esto infringe su propia Ley Orgánica Constitucional en sus artículos 54 y 55, donde se establece que “no pueden dirigir la investigación ni ejercer la acción penal, en el caso de tener relación laboral con el Fiscal”. Y como ya sabemos, Willy se desempeñó como Abogado Suplente en la Fiscalía Regional de Los Lagos y como Asistente de Fiscal de la misma Fiscalía Local de Puerto Montt.

LA ALCOHOLEMIA

Cuando la Fiscalía de Puerto Montt hace entrega de los resultados de la alcoholemia practicada a Francisca la noche del 13 de febrero del 2016, curiosamente el informe señala que la víctima presentaba 0,00 gramos por mil de alcohol en la sangre. “Me parece extraño este resultado, puesto que aún si no tomáramos en cuenta que tanto Willy como yo declaramos haber bebido tres mojitos cada uno, en los datos de atención de urgencia, en el peritaje sexual y en la toma de la muestra de sangre existe constancia de que yo ingresé con hálito alcohólico”, resalta la estudiante de Derecho.

Francisca recuerda que entre que ambos salieron del bar hasta que ella declara en Carabineros y es llevada al hospital para el examen de sangre transcurrieron cerca de cinco horas.

A esta confusa demora, el Fiscal Jaime Rojas responde en unas de las audiencias que “hay un segundo dato de atención de urgencia, porque a los carabineros se les fue hacer la alcoholemia”, en su explicación argumenta que esa noche carabineros lo llama y él respondió “vayan hacer la alcoholemia hombre por dios. Y ahí vuelven”.

 

“Eso es falso, yo nunca salí del hospital, solo ingresé una vez. Y no sé por qué hay dos actas de atención de urgencia. Lo que sí sé, es que en todo ese tiempo estuve sentada, esperando que me llamaran para que me tomaran la muestra de sangre”, relata Francisca.  

Existe un alto grado de desconfianza en la forma en que se realizó el proceso y sobretodo respecto al resultado de la muestra, ya que al arrojar cero, se favorece el relato de Willy y se perjudica a Francisca. Es por esta razón que se contactó al Doctor Luis Ravanal Zepeda, el mismo que realizó la segunda autopsia a Macarena Valdés, activista medioambiental que fue encontrada muerta en su casa, y quién logró demostrar que no cometió suicidio como lo establecía el informe del Servicio Médico Legal.

Zepeda comenta que las posibilidades de que la alcoholemia de Francisca arrojara 0,00 son muy bajas debido a la cantidad de alcohol que contienen tres mojitos. En su experiencia como Médico Forense, la alcoholemia debió arrojar como resultado por lo menos 0,8 ó 1,0 gramo/Lt. “Entonces, desde ese punto de vista, una alcoholemia que arroje cero no podría explicarse a menos que ella fuese una excepción a la regla y esté dentro del promedio de las personas que degrada el alcohol rápidamente. Existen casos, pero aún así en cinco horas es insuficiente”.

La otra opción que baraja el Médico Forense es que “no sea la sangre de ella precisamente. Ahí es importante la investigación para saber si se cumplió con la cadena de custodia, porque a veces sucede que se han confundido o cambiado las muestras. La manera de verificarlo es que a esa muestra de sangre que queda retenida en Servicio Médico Legal se le aplique un estudio genético comparativo para saber si realmente pertenece o no a ella”.

DENUNCIA CALUMNIOSA

El 19 de junio del 2018, Francisca Díaz fue notificada para concurrir el 06 de julio a una audiencia de formalización, pedida por el Ministerio Público, donde se comunicó que a las 10 de la mañana se le formalizaría por el delito de “Obstrucción a la Investigación” del Art. 269 bis del Código Penal. Por aquel entonces, la joven estudiante de Derecho en conjunto con su abogado se prepararon para enfrentar dicha instancia y solicitar sobreseimiento definitivo. Pues, además de ser “inocente de aquel delito, no se cumplía con los requisitos del tipo penal” del artículo ya mencionado.

Para sorpresa de Francisca, el día de la formalización, al comenzar la audiencia, se entera que el Fiscal Marcos Muñoz la estaba formalizando por el delito de “Denuncia calumniosa” del Artículo 211 del Código Penal y no por el cual había sido citada. Todo el trabajo que había hecho Francisca en conjunto con su abogado para defenderse ya no servía de nada.   

CONSENTIMIENTO SEXUAL

Ese día de la audiencia, el Fiscal Marcos Muñoz, señaló que existía un “acuerdo de voluntades entre ella y Willy para tener relaciones sexuales, el que se expresa en una serie de actos que emanaron de la misma imputada, como por ejemplo que se conocieron a través de una red social; que acordaron reunirse; que ella le presentó a sus padres; que consumieron alcohol y que voluntariamente accedió a acompañarlo a él a buscar alojamiento y a ingresar a ese lugar”.

Mientras Francisca dice que no hubo consentimiento, Willy expresó todo lo contrario. En su declaración señala que “ambos nos sacamos la ropa, tuvimos relaciones sexuales de mutuo acuerdo como dos adultos”, “luego de que ambos tuviéramos orgasmos y todo estaba bien, ella tuvo un cambio de personalidad, como si se sintiera mancillada en su honra”, “empiezo a darme cuenta de que estaba desequilibrada emocionalmente”, “ella se molestó y de repente de la nada se fue del hostal”. Para él, Francisca “resultó ser una persona con algún tipo de desequilibrio emocional”.

Pese a que ambas declaraciones se contraponen, el Ministerio Público ha usado como argumento para determinar que sí hubo consentimiento, frases tales como que ambos se conocieron por medio de una “red social que es para buscar pareja”, “que Willy besó a Francisca”, “que ella lo acompañó hasta la habitación”.

Estos juicios personales de valor de los fiscales y la parte querellante, es lo que ha tenido que enfrentar la joven estudiante de Derecho. Incluso, esta situación llega a tal punto que Francisca Pérez-Cotapos Valenzuela, quien en 2016 era Defensora Pública de Willy (hoy actual Asistente de Fiscal), en el control de detención aseguró que ambos se habían conocido por la red social Tinder “una aplicación para concertar relaciones sexuales”. Además, de señalar que no hay ningún tipo de privación de voluntad -por el estado de ebriedad de Francisca- ni de consentimiento porque se trata de “una persona de 22 años que consume tres mojitos”.

SUSPENSIÓN CONDICIONAL

Ante el turbio escenario que se fue gestando en todo este tiempo, en algún momento existió la posibilidad que Francisca terminara con esta pesadilla. La solución se propuso el 8 de agosto en una conversación telefónica entre su abogado y el Fiscal Marcos Muñoz. Ahí se llegó a un acuerdo de terminar la causa mediante una salida alternativa, es decir una Suspensión Condicional del Procedimiento. Este acuerdo se había materializado anteriormente por medio de una solicitud que fue enviada por el mismo Marcos Muñoz a Fiscalía Regional para su autorización el 17 de julio, siendo recibida y timbrada por Fiscalía Regional el día 23 de julio de 2018.

Sin embargo, Francisca nuevamente se ve ante una situación irregular ya que nunca llegó la respuesta de Marcos Emilfork, quien tuvo esa solicitud por aproximadamente un mes en su despacho. Cuando Gonzalo Castro, abogado de Francisca, le preguntó a Muñoz por la respuesta del Fiscal Regional, éste le responde que “se retiró la solicitud y ya no estaba disponible esa oferta”. La explicación que se dio a este hecho en la Audiencia de Preparación de Juicio Oral, es que “Francisca no respetó un acuerdo y se negó a ampliar el plazo de investigación de 40 días que se dio cuando la formalizaron”, acuerdo que nunca existió puesto que al cumplirse los 40 días de investigación formalizada (luego de casi 2 años de investigación no-formalizada) ella solicitó de inmediato se apercibiera al cierre de esta investigación, algo que el Juez a cargo de esa audiencia encontró totalmente razonable dado el tiempo que esta llevaba siendo investigada.

Recordemos que la investigación en contra de Willy duró aproximadamente 3 meses. En cambio, la de Francisca duró más de dos años.

ESTEREOTIPOS DE GÉNERO

A lo largo de todo este proceso, Francisca ha tenido que declarar cerca de seis veces y contar la misma historia. En cambio Willy ha sido interrogado sólo dos. El tiempo y los recursos tanto humanos como económicos que ha destinado el Ministerio Público, y los argumentos para probar que sí hubo consentimiento sexual hace pensar a Francisca que hay una especie de castigo hacia ella por denunciar al pariente por afinidad del Fiscal Regional de Los Lagos.

Además, este año ella debe dar su examen de grado, pero con toda esta situación no ha podido estudiar y como es sabido -en el ambiente de los abogados-  dicha instancia es la más pesada de toda la carrera, ya que sólo tienen tres oportunidades para rendirlo, pero en este momento la joven está arriesgando una pena de 4 a 5 años de cárcel, pagar una multa de 20 UTM que es lo que está pidiendo el abogado de Willy, las costas del juicio y lo más importante para ella, no poder titularse como abogada ya que si es condenada a pena aflictiva no tendría posibilidad de jurar en la Corte Suprema. Lo que vuelve aún más curioso que la Fiscalía haya decidido formalizarla ahora, -en la etapa más dura de la carrera-, por un hecho que ocurrió un mes antes de empezar a cursar 4to año de Derecho.  

Bajo este actuar es que la Prodecana de Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Austral de Chile, la Doctora Yanira Zúñiga, experta en Género y Derechos Humanos, señala “que las denunciantes no prueben delitos sexuales en Fiscalía es pan de todos los días, porque la exigencia del umbral probatorio es altísima. A menudo, la comprobación de la existencia de un delito sexual queda entregada al significado que el propio agresor le atribuye al acto, volviendo irrelevante la experiencia y el relato de la denunciante. Si el acusado dice que no tuvo la intención de que el acto fuera sexual, entonces, se estima que no fue sexual; si él dice que el acto fue consentido, entonces, se estima que no fue forzado.  Para corroborar judicialmente la versión de las denunciantes, se les exige contar con otros antecedentes, adicionales a su propio relato”.

Dichos antecedentes deben acreditar no solo que una mujer ha sido objeto de un acto sexual por parte de un varón, sino que ella no consintió ese acto. “En la gran mayoría de casos lo que se discute es, precisamente, si hubo o no consentimiento sexual por parte de la denunciante. Si la mujer ha ingerido alcohol o decidió voluntariamente acompañar al agresor a su casa o a otro lugar, o lo besó previamente; la gente— incluidos muchos operadores jurídicos— estima que dicha mujer consintió en tener sexo o aceptó el riesgo de sufrir violencia sexual, lo que extinguiría su derecho a reclamar posteriormente del hecho”.

Además, Zúñiga recalca que “muchos abogados o jueces tienden a creer que una denunciante no puede haber sufrido violencia sexual varias veces en su vida, y que, por tanto, si denuncia en más de una oportunidad, sus relatos no son creíbles. Los estudios sobre violencia sexual demuestran todo lo contrario. Las mujeres pueden sufrir diversas clases de violencia sexual a lo largo de su vida, en repetidas ocasiones y en diversos contextos. Todas estas maneras rígidas y prejuiciosas de pensar— los estereotipos de género como los denomina la teoría feminista — dificultan enormemente que las mujeres prueben sus denuncias en el sistema judicial. Los estereotipos de género hacen que la experiencia y el punto de vista de las mujeres sobre la violencia sexual se torne irrelevante o secundario a la hora de valorar las pruebas aportadas en un juicio criminal”.

Esta misma manera prejuiciosa de pensar, que menciona la Doctora Yanira Zúñiga, es la que el Ministerio Público ha utilizado para criminalizar a Francisca. Sin ir más lejos, en una audiencia ante la Corte de Apelaciones de fecha 7 de agosto de este año, Claudia Pino Olguín, Fiscal de Puerto Montt, señaló que era necesario que el Servicio Médico Legal realizara una pericia psicológica y psiquiátrica debido a que Francisca el 2014 hizo una denuncia de similares características en Valdivia, respecto de otro joven (Maximiliano Yévenes Salgado) y con quien además eran compañeros de Derecho en la Universidad Austral. A esto la representante del Ministerio Público afirmó que la “causa se encuentra suspendida”. (Causa Rol Corte Penal 461-2018).

 

Una vez más, un Fiscal de Puerto Montt vuelve a omitir información relevante. Lo que la Fiscal Claudia Pino no mencionó es que el imputado Maximiliano Yévenes Salgado, reconoció los hechos denunciados. Además, el resultado de la investigación criminalística señaló que “fue posible establecer la efectividad de la denuncia por delito de abuso sexual, ya que el acusado sostenía una conducta reiterativa, en relación a la falta de límites en el trato con sus pares de sexo femenino, llegando a efectuarse tocaciones y acoso de carácter sexual”.

Aún así y pese a la información que maneja el Ministerio Público y la parte querellante es que a la Audiencia de Juicio Oral del 12 de noviembre del 2018, se llevarán como testigos a Maximiliano Yévenes y al detective Francisco Díaz, quien llevó adelante la investigación de dicha causa. Personas que no han tenido contacto con Francisca desde el año 2014 y que, en este caso puntual, nada pueden, ni tienen para aportar. Tanto desde la perspectiva jurídica como social. Lo que resalta aún más, esta idea de producir evidencias para validar la tesis de que “en realidad el problema lo tiene ella”.

En cuanto a la acusación que se hizo contra Francisca por denuncia calumniosa, la profesional de la Universidad Austral sostiene que “si bien dicha figura está regulada en el Código Penal, es un delito de muy escasa investigación. De ahí que llame la atención el celo de la Fiscalía en este caso. Desde el punto de vista jurídico, el sobreseimiento definitivo o absolución del acusado en un juicio penal no es suficiente para determinar la falsedad de la denuncia que inició dicho juicio”.

Como ya se mencionó, para que la denuncia calumniosa sea efectiva, se requiere que exista una divergencia importante entre lo que se denuncia y lo que realmente ocurrió, es decir, una completa puesta en escena por parte de la persona denunciante. Esta distinción es especialmente relevante en el caso de los delitos sexuales. “Como mencioné antes, estos delitos son de muy difícil prueba, de manera que, si se considerara que la falta de prueba del delito sexual es equivalente a la falsedad de la denuncia —como ocurre en este caso— resultaría que un número importante de mujeres estarían expuestas a ser criminalizadas. Ya es bastante problemático que las denuncias por violencia sexual que realizan las mujeres sean habitualmente desestimadas por cuestiones probatorias, dado que esto implica defraudar institucionalmente, de manera sistemática, la expectativa jurídica de que esas mujeres obtengan protección de sus derechos. Pero, sumarle a esto la posibilidad de que resulten criminalizadas es, simplemente, el mundo al revés. En otras palabras, esto implicaría aceptar como normal que las leyes penales, además de ser relativamente inútiles para sancionar adecuadamente la violencia que sufren las mujeres sean ocupadas, en cambio, para castigar a esas mismas mujeres por rebelarse ante esa violencia y denunciarla”.

“ACUERDO EN PLATA”

Así como la Prodecana de La Facultad de Ciencias Jurídicas de la UACh, Yanira Zúñiga, expresa esta incógnita sobre el interés de la Fiscalía en este caso, es que saltan aún más dudas. Ya es sabido que Francisca Díaz Williams, además de arriesgar una pena de hasta cinco años, está a un paso de perder la posibilidad de jurar ante la Corte Suprema como abogada. El tiempo de estudio que dedicó a la carrera quedaría en nada.

Ante este escenario, hubo una llamada telefónica entre los abogados Gonzalo Castro y Andrés Firmani. Los hechos que serán expuestos a continuación, son posibles gracias a la petición que Francisca, como cliente, le extiende a su abogado, quien detalla parte de dicha conversación.

El 25 de septiembre de este año, un día antes de la Audiencia de Preparación de Juicio Oral, Gonzalo Castro García, abogado de Francisca, tomó contacto con el abogado de Willy, Andrés Firmani. El motivo de esa conversación surge una vez que el Fiscal Marcos Muñoz, le sugiere a Castro conversar con la parte querellante, todo esto en el marco de la Suspensión Condicional.

Sin embargo, lo que Gonzalo no sabía es que se iba a encontrar con la verdadera razón de por qué esto ha durado tanto tiempo y el ánimo de dejar a Francisca como una mujer histérica.

En dicha conversación, Firmani volvió a sostener una supuesta oferta que hizo el ex jefe de Francisca, Cristóbal Grünwald, para afirmar que en los primeros meses de la causa hubo un ofrecimiento de negociar con plata. Según el abogado de Willy, en aquel entonces se habló de hasta tres millones de pesos.

Gonzalo Castro le resalta a Firmani que Grünwald nunca fue abogado de Francisca y que no se iba a negociar con plata. Es ahí que el defensor de Willy le dice “el tema es el siguiente. Si no hay plata, yo te digo que en un 98% mañana nos vamos a audiencia de preparación. Altiro”. “Habla con ella compadre, porque la mina está arriesgando su titulación con esta huevá. La única forma que puedo mover una montaña, que es Willy, porque el huevón está totalmente empecinado que a esta mina la condenen, la única posibilidad… plata”.

Entonces cabe preguntarse: ¿En qué momento el querellante llegó a tener el poder de decidir si procede o no la salida alternativa cuando es una facultad exclusiva del Ministerio Público? La razón, según lo relatado por Gonzalo Castro en dicha conversación telefónica, fue que el mismo Andrés Firmani, es quien reconoce que el Fiscal Marcos Muñoz le dio la opción de decidir.

Según relata Castro, el abogado de Willy le recuerda un episodio que sucedió entre el Fiscal Marcos Muñoz y Francisca. Un encuentro en un pasillo donde la acusada habría mirado fijamente a los ojos al Fiscal. Acción que Firmani considera como una falta de respeto. La conversación tuvo el siguiente tono, explica Gonzalo:

“Castro: a ver, pero ¿les dijo algo?

Firmani: Nooo, si lo quedó mirando con una cara huevón…

Castro: pero qué esperai…

Firmani: Noooo, si muy feo… fea la actitud de ella weon… puta, no sé si es rabia

Castro: Esa es tu opinión Andrés

Firmani: ¡yo la vi po!, ¡yo la vi!

Castro: Bueno, pero yo te creo si hubiese dicho algo, pero si es porque lo miró feo.

Firmani: Lo miró de una manera… directo a los ojos. Desafiante. De ida y vuelta”.

En cuanto a esta especie de caricaturización de la actitud que tuvo la joven frente a los personajes ya mencionado es que además Firmani le comenta al abogado de la acusada que “puta, tení que tratar de controlarla un poco (a Francisca) con eso. Porque además te digo… Marcos (el fiscal) no tenía ninguna mala onda con la mina, pero puta por la actitud que tuvo el otro día me dijo ‘todo depende de ti Andrés, si tu quieres suspensión, sino juicio’”.

Cuando una víctima realiza una denuncia, lo mínimo que espera es un trabajo de contención y empatía por parte del Ministerio Público. Que se haga justicia y que la verdad sea el foco en todo el proceso. En los hechos relatados a lo largo del reportaje, salta a la vista, cómo se utilizan los contactos y las redes para sacar beneficios personales. Francisca ha estado casi tres años intentando llevar un proceso que para ella no tiene ningún sentido. A veces, se cuestiona si realmente debió hacer la denuncia, ha sido un desgaste emocional el  tener que pasar por juicios de valor.

Los estereotipos de género saltan a la vista cada vez que se leen o escuchan los motivos para asumir el supuesto consentimiento sexual.

No es primera vez que la Fiscalía de Puerto Montt y Puerto Varas hacen noticia por escándalos en su interior, dejando en evidencia que al final son ellos los que manejan los límites de las causas. Ahora la pregunta es ¿cuántos serán los casos que hoy estarían pasando por una situación similar a lo de Francisca? No necesariamente a un hecho de agresión sexual, sino que ¿cuántas causas hoy estarían siendo manipuladas, para sacar provechos personales o económicos?

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